ENVIDEANDOME CON LOS MECANISMOS ALTERNATIVOS
DE RESOLUCION DE CONFLICTO EN EL POSCONFLICTO
ACTIVIDAD 5
LUZ ANGELA PETRO SALGADO
00:05
Con la constitución política de 1991 se implemento un nuevo
tipo de justicia en nuestro pais, "justicia comunitaria" donde las
partes envueltas en un conflicto puedan resolverlos:
1. De manera directa por la vía de conciliación
2.Solucionarlo mediante un pronunciamiento basado en la equidad
00:15
CONCILIACION EN EQUIDAD: *A través del cual las partes envueltas en
un conflicto pueden solucionarlo con la ayuda de un tercero
denominado “conciliador en equidad”, ajeno al conflicto, cuya función
es propiciar espacios de entendimiento para que las partes
directamente y de manera amigable logren acuerdos sobre los mismos.
*Su desarrollo legal se produjo a partir de la Ley 23 de 1991,
denominada en su momento Ley de Descongestión de Despachos
Judiciales.
*El conciliador en equidad es un particular que goza del reconocimiento
comunitario y un alto sentido del servicio social y que de manera
transitoria y por mandato constitucional y legal administra justicia
procurando que las partes envueltas en un conflicto lo solucionen
directamente y de manera amigable.
00:25
JUEZ DE PAZ: La justicia de paz es una figura que, fundamentada en el
ejercicio de esa jurisdicción especial, brinda a la comunidad una
alternativa más para que pueda acudir a un particular, denominado juez
de paz, para que los ayude en la solución de un conflicto que, conforme
lo señala la ley, puede ser individual o comunitario
00:35
CASA DE JUSTICIA: *Las casas de justicia son centros
multiagenciales de información, orientación, referencia y
prestación de servicios de resolución de conflictos.
*En Colombia, al igual que en diferentes países de América
Latina, las casas de justicia están dirigidas a zonas marginales
de algunas ciudades y buscan darles solución a las barreras
espaciales.
*Desde una perspectiva nacional, en el ámbito local, las casas
de justicia se encuentran adscritas a los Gobiernos
municipales y distritales, concretamente, a las secretarías
de Gobierno.
00:50
LOS CONFLICTOS PUEDEN SER DE TIPO:
*Intrapersonal
*Interpersonal
*Intragrupal
*Intergrupal
00:59
Algunos mecanismos de intervención:
*La autotutela
*La heterocomposición
*La autocomposición
*La negociación
*El arbitraje