1- Entre los 16 a 18 años pueden contraer matrimonio
con el consentimiento de los padres
00:10
2- Quienes estén casados previamente y no haya
disuelto el vínculo.
00:15
4- Quienes carezcan de juicio o discernimiento para
comprender de formar adecuada de los derechos y
deberes de este contrato.
00:15
3- Quienes se vean imposibilitados de expresar
claramente su volunta mediante via oral, escrita o
lenguaje de señas.
00:15
-Además de presentar la documentación requerida, se
pedirá la siguiente información:
00:18
- Nombre y Apellido Completo
00:19
- Nacionalidad
00:21
-Numero de cedula de identidad chilena o extranjera
00:23
-Fecha de Nacimiento
00:24
-Domicilio
00:26
-Profesión u Oficio
00:28
-Teléfono de contacto
00:33
¿Curso de preparacion para el patrimonio?
00:34
Si efectivamente, pero es opcional.
EL objetivo es preparar a los novios, con el fin de promover la libertad y seriedad del consentimiento, en relación a los derechos y deberes del vinculo.
00:40
¿Como celebrar un matrimonio civil?
00:41
Cualquier oficial civil es competente de
celebrar el matrimonio. Independiente del lugar
en que los contrayentes tengan su domicilio.
00:56
¿Como se estructura un patrimonio civil?
00:58
Primero el oficial hace una breve introduccion,
donde se destaca la importancia del vinculo
01:06
Posteriormente, procede a la lectura de los artículos
del código civil( Referente a los derechos y deberes).
Se trata de los artículos 102,131,133 y 134
respectivamente.