Por semestre laborado
Supongamos el caso de una trabajadora que devenga $1.300.000 de salario y
que laboró el primer semestre de este año completo. Para esta trabajadora la
liquidación de la prima de servicios será de la siguiente manera:
$1.300.000 + $102.854 x 6 / 12 = $701.427
Proporcional al tiempo laborado
Supongamos el caso de un trabajador contratado el 20 de febrero de este año con una remuneración salarial de $3.000.000.
Para la liquidación de la prima de este trabajador primero deben determinarse los días laborados, de la siguiente manera:
10 días de febrero (recuerde que para efectos laborales los meses son de 30 días).
120 días correspondientes a marzo, abril, mayo y junio.
Una vez determinados los días laborados se procede a liquidar esta prestación, así:
3.000.000 x 130 días laborados / 360 = $1.083.333
Se tiene, entonces, que a este trabajador le corresponde por concepto de prima de servicios del primer semestre de 2020 la suma de $1.083.333
00:29
Concepto de entrega de dotación
00:31
Para tener derecho a la dotación a que se refiere este Decreto,
el trabajador debe
haber laborado para la respectiva entidad por los
menos tres (3) meses en forma ininterrumpida,
antes de la fecha de cada suministro y
devengar una remuneración mensual
inferior a dos (2) veces el salario mínimo legal vigente.
00:44
Que personas tienen derecho a la dotacion
Toda persona vinculada a una empresa
mediante un contrato de trabajo tiene
derecho a recibir el pago de la dotación
empresarial, siempre y cuando no devengue
más de dos salarios mínimos
00:59
Cuando se debe dotar al trabajador
La entrega de la dotación debe realizarse 3 veces al año,
es decir, cada 4 meses y de forma
gratuita: el 30 de abril,
el 31 de agosto y el 20 de diciembre para
los trabajadores del sector privado.
Para los del sector público solamente
varía la fecha de diciembre, la cual se realiza el 30 de dicho mes
01:16
Características de la entrega
de dotación
01:18
*La dotación de cada
empleado está compuesta
por un par de zapatos y
un vestido/traje de trabajo.
*La dotación se entrega
en especie, no está permitido
entregarla con dinero en efectivo.
* La dotación se suministra cada
cuatro meses, es decir,
tres veces al año.
01:35
*El empleador no debe cobrarle
a sus colaboradores ningún
valor por la dotación que les entrega.
*La dotación se le entrega a los empleados
que devenguen hasta dos
salarios mínimos legales vigentes.
*Para recibir la primera dotación,
un empleado debe
llevar mínimo tres meses
en la empresa.