La ONU realiza los primeros
trabajos en busca de asegurar
el bienestar de las PCD
00:18
Año 1975
00:20
La Asamblea de la ONU
adopta la Declaración de los
Derechos de los Minusválidos
00:24
Años 80
00:26
La OMT formula el derecho
al turismo en la
Declaracion de Manila
00:30
1981
00:32
La ONU declara el Año
Internacional de las PCD
00:37
1982
00:39
Se inicia el
Programa de Accion Mundial para las PCD
00:43
Decenio de las Naciones Unidas para las PCD
00:45
1983-1992
00:48
Año 1991
00:50
La OMT aprobó el documento
"Para un turismo accesible
a los Minusválidos en los años 90"
00:53
1993
00:54
La ONU aprobó las Normas Uniformes de las Naciones Unidas
sobre la Igualdad de Oportunidades para las PCD
00:57
Año 1999
00:59
La OMT adoptó el
Código ético Mundial
para el turismo
01:02
2005
01:03
Se actualiza el documento
"Para un turismo accesible
a los Minusválidos en los años 90"
01:08
2007
01:09
Surge la Convencion Internacional de las naciones unidas
sobre los Derechos de las PCD
01:13
Partiendo de la misma se pueden extraer
3 conceptos fundamentales
01:15
Accesibilidad
01:17
Es la condición que deben cumplir los entornos, procesos,
bienes, productos y servicios, así como los objetos o instrumentos,
herramientas y dispositivos, para ser comprensibles, utilizables y
practicables por todas las personas
en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma
y natural posible”, con independencia del grado o tipo de pérdida de
habilidad de ésta, ya sea de tipo físico, psíquico o sensorial.
Esto implica la incorporación de las tecnologías.
01:20
Evolución del logo de accesibilidad
01:29
Diseño universal
01:31
El concepto de “diseño universal” que aborda el diseño
de productos, programas, servicios y
entornos de manera que puedan ser utilizados
por el mayor número de personas, sin necesidad
de adaptación o diseño especializado.
01:35
Ajustes razonables
01:37
Se entenderán las modificaciones y adaptaciones necesarias y
adecuadas que no impongan una carga desproporcionada o indebida,
cuando se requieran en un caso particular, para garantizar a las
personas con discapacidad el goce o ejercicio, en igualdad de
condiciones con las demás, de todos los derechos humanos y
libertades fundamentales.
01:41
El turismo accesible o inclusivo
01:43
Es una forma de turismo que implica un proceso de colaboración entre
los interesados para permitir a las personas con necesidades especiales
de acceso (en distintas dimensiones, entre ellas las de movilidad, visión,
audición y cognición) funcionar independientemente y está abierto a ser
disfrutado por todas las personas, más allá de sus condiciones físicas,
sociales o culturales, con igualdad y dignidad, gracias a una oferta de
productos, servicios y entornos de turismo diseñados de manera universal.
01:47
Discriminación por motivos de discapacidad
01:49
Se entenderá cualquier distinción, exclusión o restricción por motivos de
discapacidad que tenga el propósito o el efecto de obstaculizar o dejar
sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio, en igualdad de condiciones,
de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en los ámbitos
político, económico, social, cultural, civil o de otro tipo. Incluye todas
las formas de discriminación, entre ellas la denegación de ajustes
razonables.